Seg├║n lo establecido por la Ley de Emergencia Agropecuaria 9083 los productores podr├ín acceder a los beneficios realizando el tr├ímite a trav├®s del Sistema de Informaci├│n Agr├¡cola (SIA) o de manera presencial en las delegaciones y centros receptores de toda la provincia.
El Ministerio de Producci├│n a trav├®s de la Direcci├│n de Contingencias Clim├íticas (DCC) habilitar├í la recepci├│n de denuncias por da├▒os ocasionados por las heladas registradas el 7 de septiembre. Los productores agr├¡colas inscriptos en el Registro de Uso Permanente de la Tierra (RUT) podr├ín efectuar la presentaci├│n a trav├®s del SIA desde el 28 de septiembre hasta el 9 de octubre.
Tras la recepción de las denuncias, peritos de la DCC llevarán a cabo las tasaciones correspondientes. La Ley Provincial 9083 establece que la Emergencia Agropecuaria corresponde cuando el daño en la producción o capacidad productiva se ubica entre el 50% y el 79%. En tanto, el Desastre Agropecuario aplica cuando el daño certificado es igual o superior al 80%.
Beneficios para productores en emergencia o en desastre agropecuario
Los productores en emergencia pueden acceder a distintos beneficios dependiendo del daño alcanzado en sus cultivos. En este sentido, se detallan a continuación las dos categorías
Para daños entre el 50 y el 79% podrán acceder a:
ÔÇô Eximici├│n de pago del impuesto inmobiliario,
ÔÇô Eximici├│n de los c├ínones de riego (superficial y subterr├íneo) por un valor igual al 50% de la factura correspondiente,
ÔÇô Las empresas y cooperativas distribuidoras de energ├¡a el├®ctrica deber├ín establecer una bonificaci├│n del 25% en las facturas de la energ├¡a el├®ctrica utilizada para riego agr├¡cola y
ÔÇô Otros beneficios contemplados en el cap├¡tulo 3, art├¡culo 11 de la Ley 9083.
Para daños del 80% en adelante (productores en desastre) podrán acceder a:
ÔÇô Eximici├│n de pago del impuesto inmobiliario,
ÔÇô Eximici├│n de la obligaci├│n de pagar los c├ínones de riego (superficial y subterr├íneo),
ÔÇô Las empresas y cooperativas distribuidoras de energ├¡a el├®ctrica deber├ín establecer, una bonificaci├│n del 50% en las facturas correspondiente a la energ├¡a el├®ctrica utilizada para riego agr├¡cola superficial y subterr├íneo y
ÔÇô Otros beneficios contemplados en el cap├¡tulo 4 el art├¡culo 21 de la Ley 9083
Con respecto a los plazos para realizar la denuncia por heladas, la normativa fija un período de 20 días corridos posteriores al siniestro para evaluar el impacto real en el cultivo y a continuación, 10 días hábiles para realizar el trámite.
Para hacer la denuncia, los productores inscriptos en el RUT podrán ingresar a la plataforma SIA o acudir de manera presencial a las delegaciones y centros receptores de la DCC, de lunes a viernes de 8 a 13.
Delegaciones de la DCC
ÔÇó Norte: Boulogne Sur Mer 3050 1er piso, Ciudad. Tel (0261) 3854270/3854266
ÔÇó Este: Viamonte 1000, San Mart├¡n. Tel (0263) 4420365
ÔÇó Valle de Uco: G├╝emes 731 ÔÇô Tunuy├ín ÔÇô (0261) 157630940
ÔÇó Sur: Alsina 445, San Rafael. Tel (0260) 4438052
ÔÇó Oficina General Alvear: (2625) 15643876
