La C├ímara Federal Porte├▒a ratific├│ la decisi├│n del juez Ramos que tambi├®n alcanza a Peralta por la ocupaci├│n del edificio ocurrida en junio de 2025. Adem├ís, mantuvo el embargo de 5 millones de pesos.

Con la firma de los magistrados Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Pablo Yadarola, la C├ímara Federal Porte├▒a confirm├│ el procesamiento por violaci├│n de domicilio y resistencia a la autoridad del actual diputado nacional Juan Grabois por su participaci├│n en la toma del ex Instituto Nacional Juan Domingo Per├│n, ocurrida el 7 de junio de 2025. 

El tribunal de alzada tambi├®n mantuvo el embargo de $5 millones a Juan Grabois dispuesto por el juez federal Sebasti├ín Ramos, al tiempo que ratific├│ el procesamiento del militante Valent├¡n Peralta, a quien se le atribuyen los mismos delitos y un embargo de $1 mill├│n. La investigaci├│n se origin├│ por la ocupaci├│n del inmueble ubicado en el barrio de la Recoleta, donde funcionaba el Instituto hasta su cierre mediante el Decreto 346/25.

En el fallo al que tuvo acceso MDZ, los jueces se├▒alaron que testimonios policiales y registros audiovisuales incorporados al expediente ubican a Juan Grabois al frente del grupo que ingres├│ al edificio estatal sin autorizaci├│n. Tambi├®n remarcaron que el dirigente hab├¡a difundido el d├¡a anterior, a trav├®s de sus redes sociales, una convocatoria para concurrir al Instituto y al bar ÔÇ£Un Caf├® con Per├│nÔÇØ.

Para los camaristas, Grabois permaneci├│ en el inmueble pese a las ├│rdenes de desalojo impartidas por las autoridades. Seg├║n la reconstrucci├│n incorporada al fallo, ante el pedido policial de abandonar el lugar, indic├│ a los manifestantes que se dirigieran hacia el patio mientras ├®l permanec├¡a en el edificio invocando su condici├│n de abogado. La C├ímara consider├│ que esa conducta qued├│ respaldada por las pruebas producidas en la causa.

La defensa de Grabois, encabezada por los abogados Nicolás Rechanik y Yamil Castro Bianchi, cuestionó el procesamiento y sostuvo que la decisión judicial vinculaba la responsabilidad penal por su condición de dirigente político, abogado y funcionario público. Los camaristas rechazaron ese planteo y aclararon que la imputación se sustenta en los hechos investigados y no en su actividad política.

Al mismo tiempo, la C├ímara se├▒al├│ que “el disvalor de la acci├│n de Grabois no se funda en su condici├│n de funcionario p├║blico o abogado, sino en los hechos que se le imputan, consistentes en haber ingresado irregularmente y con un grupo organizado de personas que ocasion├│ da├▒os a un inmueble del Estado, permaneciendo all├¡ en contra de las ├│rdenes de autoridades competentes”. En ese punto, Llorens, Bertuzzi y Yadarola consideraron que esas circunstancias incluso adquieren relevancia al analizar la conducta que se le atribuye, dado el conocimiento que supone el ejercicio de esas funciones.

M├ís all├í de mantener la calificaci├│n legal adoptada por el juez Ramos, los camaristas dejaron abierta la posibilidad de que sea revisada durante el avance del expediente. El fiscal Carlos R├¡volo hab├¡a contemplado otras figuras penales, entre ellas usurpaci├│n, da├▒o y atentado contra la autoridad, mientras que para Peralta tambi├®n hab├¡a planteado la imputaci├│n por lesiones.

El tribunal tambi├®n consider├│ adecuados los montos de los embargos y dej├│ en manos del juez Ramos la resoluci├│n de un planteo de la defensa de Peralta para que el expediente pase a la justicia ordinaria. La querella en la causa est├í a cargo del Ministerio de Capital Humano.

Por otra parte, la Cámara rechazó la intervención del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) como amicus curiae (amigo del tribunal). Los jueces entendieron que no estaba suficientemente justificada su participación y que las características del caso no presentaban una complejidad que hiciera necesaria esa intervención.

Fuente MDZ

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